ORDENANZA MUNICIPAL N° 04 /2017, QUE ESTABLECE MODIFICACIONES A LA ORDENANZA N°02/2017 SOBRE ALCOHOLES, COMUNA DE ANTOFAGASTA
ANTOFAGASTA
VISTOS:
1.- La necesidad de prorrogar el plazo establecido en el artículo 1° de la Ordenanza Municipal N°02/2017 que modifica el artículo 48° de las disposiciones transitorias de la Ordenanza N°01/2015.
2.- El interés de la Autoridad de otorgar un mayor plazo a los locatarios de alcoholes, a fin que regularicen las instalaciones eléctricas de sus locales comerciales atendido el próximo proceso de renovación año 2018.
3.- El Certificado N°795/2017 que da cuenta que en Sesión Ordinaria N°35 de fecha 13 de diciembre de 2017, el Honorable Concejo Municipal dio su aprobación para la dictación del presente texto.
4.- Las facultades legales que me confieren los artículos 12 y 65 letra K) de la Ley N°18.695 orgánica de Municipalidades.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 04/2017 QUE ESTABLECE MODIFICACIONES A LA ORDENANZA N°02/2017 SOBRE ALCOHOLES, COMUNA DE ANTOFAGASTA
ARTÍCULO 1°: Modifíquese el artículo 1° de la Ordenanza N°02/2017, extendiéndose el plazo establecido para la obtención del certificado de Declaración de Instalación Eléctrica Interior (Declaración TE1), otorgado por la SEC, hasta el mes de junio del año 2018.
ARTÍCULO 2°: En todo lo no modificado, se mantiene Ordenanza municipal vigente.
ARTICULO 3°: La presente Ordenanza entrara en vigencia al día siguiente al de su publicación en la página web de la I. Municipalidad de Antofagasta.
Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.
CRISTHIAN FLORES ALVARADO KAREN PAULINA ROJO VENEGAS
SECRETARIO MUNICIPAL (S) ALCALDESA
I. MUNICIPALIDAD DE ANTOFAGASTA