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Ordenanza Municipal N°01/2017 que Establece Modificaciones a la Ordenanza N°02/2015 Sobre Becas Municipales para Estudiantes Destacados


ANTOFAGASTA,              

VISTOS:
1.-  La necesidad de modificar el promedio de notas requerido en la referida ordenanza.
2.- El interés de la Autoridad de otorgar mayores recursos a los beneficiarios.
3.- El Certificado N°219/2017 que da cuenta que en Sesión Ordinaria N°11 de fecha 13 de abril de 2017, el Honorable Concejo Municipal dio su aprobación para la dictación del presente texto.
4.- Las facultades legales que me confieren los artículos 12 y 65 letra K) de la Ley N°18.695 orgánica de Municipalidades.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 01/2017 QUE ESTABLECE MODIFICACIONES A LA ORDENANZA N°02/2015 SOBRE BECAS MUNICIPALES PARA ESTUDIANTES DESTACADOS ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ANTOFAGASTA

ARTÍCULO 1°: Modifíquese por este acto los siguientes artículos:

ARTÍCULO 5°: Requisitos Generales. - Para acceder a la Beca Municipal todos los alumnos deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1. Presentar una situación que amerite el beneficio, escases de sus recursos y/o vulnerabilidad social, presentar discapacidad o destacarse en actividades deportivas y culturales al tenor de lo establecido en el artículo 1° de la presente ordenanza, y de acuerdo a los criterios y variables establecidos en el artículo 24 de la presente Ordenanza;
2. Documento que dé cuenta de estar inscrito en el Registro Social de Hogares.
3. Tener el postulante domicilio en la comuna de Antofagasta. En el caso de ser estudiantes que se encuentren cursando estudios fuera de la comuna de Antofagasta, la familia de origen debe tener residencia en la ciudad de Antofagasta
4. Presentar un documento que acredite residencia;
5. No ser beneficiario(a) de alguna otra beca adicional de mantención, ya sea estatal o privada (incluida Beca Presidente de la República y Beca Indígena).
6. Que no existan más de tres beneficiados por la presente beca en un mismo grupo familiar, en cualquier de sus niveles (enseñanza básica, media, superior, personas discapacitadas, deportistas y/o artísticas);
7. No tener más de 29 años para postular a la beca, con excepción de los estudiantes de educación superior que postulen a pago de título para acceder a examen de grado, que no podrán exceder de los 35 años.

ARTICULO  6° Requisitos Especiales. - 

A. Estudiantes de enseñanza Básica:
1.- Tener promedio de notas igual o superior a 6.0, postulantes de 5° a 8° Básico. 
B. Enseñanza Media
1. Tener promedio de notas igual o superior a 6.0, lo que es aplicable también a los alumnos que ingresen a primer año de enseñanza superior;  
2. Los postulantes que permanezcan estudiando en horario vespertino serán calificados con los mismos requisitos que los demás postulantes para transparentar el proceso, respetando la edad máxima a postular no superior a 29 años, y no más de 35 años, si se encuentra egresado.

ARTÍCULO 8°: Forma de Postular. - Para la postulación, el interesado(a), deberá presentarse en la Oficina de la DIDECO, en donde se realizará una entrevista personal con una profesional del área social, donde además se procederá a entregar los siguientes antecedentes:

1. Documento que acredite estar inscrito en el Registro Social de Hogares.
2. Fotocopia de Cédula de Identidad del alumno postulante.
3. Certificado de nota original.
4. Certificado de Matrícula y/o alumno regular del solicitante.
5. Fotocopia de certificado y/o documento que acredite que el postulante es alumno destacado en el área de deporte y/o cultura, si corresponde.
6. Fotocopia de credencial de discapacidad, que acredite que el postulante pertenece a dicha clasificación. (Si procede).
7. Si la profesional a cargo considere pertinente solicitar documentos adicionales, estos deberán acompañarse dentro del plazo de 5 días hábiles, salvo que justifique que las obtenciones de dichos antecedentes requieren de un plazo superior, el cual será determinado por el departamento Social de la DIDECO.

ARTÍCULO 13°: Cerrado el proceso de postulación, el Encargado de Becas procederá a consolidar los antecedentes recopilados por las profesionales participantes del proceso y construir un informe estadístico del mismo.

El proceso de selección se realizará a través de la aplicación y resultado de instrumento socioeconómico el que contemplan dos categorías.

- Situación económica (40%) 
- Antecedentes Académicos del alumno que postula (60%) a excepción de las personas que asistente a escuelas especiales y que presentan discapacidad (deben darse ambas condiciones) se evaluará el porcentaje de asistencia (30%).
- En el caso de los alumnos que postulan a beca deportiva y/o cultura, se considerará tres categorías, contemplando una pauta diferenciada, establecida en el artículo N°24, letra B, destacándose los logros y años de desempeño en su disciplina,
Para la selección final de los postulantes, se considerará el puntaje total asignado, el que se verá reflejado en el formato socioeconómico del alumno y los documentos de respaldo correspondientes, siendo la comisión de beca la responsable de determinar los beneficiarios.
Una vez aplicado el Instrumentos se procederá al análisis de   asignación de puntajes, con lo cual, se llevará una propuesta jerarquizada y valorizada.

ARTÍCULO 24°: El criterio socioeconómico a considerar las siguientes dimensiones, variables con su respectiva ponderación y puntaje:

A)                                                                        B)


DIMENSIÓN BECA ENSEÑANZA BASICA, MEDIA Y SUPERIOR
Académica (*promedio de notas del alumno) 60%
Económica 40%
Total Porcentaje 100%


DIMENSIÓN BECA EXCELENCIA DEPORTIVA Y/O CULTURAL
Académica (*promedio de notas del alumno) 40%
Económica 10%
Deporte y/o Cultura 50%
Total Porcentaje 100%
  
*Los alumnos que presentan discapacidad serán integrados dentro de la dimensión situación especial y/o características especiales.

CRITERIOS BECA ENSEÑANZA BASICA, MEDIA Y SUPERIOR
A)
Dimensión Variable  Puntaje Máximo

Económica
40%  Conforme al Porcentaje del Registro Social de Hogares

Académica
40 % APLICAR A LOS ALUMNOS QUE ASISTEN  A  ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES TRADICIONALES.
100% Promedio de notas Enseñanza  Básica y Media
Puntaje Promedio de notas Enseñanza Superior Puntaje
  66  -  70 100 66   -  70 100
  61  -  65 80 61   -   65 80
  56  -  60

55 60

40 56   -  60 60
    50   - 55 40

APLICAR SOLO ALUMNOS QUE ASISTEN A COLEGIOS ESPECIALES.
100% 81%  a  100%
100
  66 %  a  80%
60
  50%  a  65 % 20

*Para aquellos alumnos que presentan más de una condición por variable, se considerara aquella de mayor puntaje.

CRITERIOS BECA EXCELENCIA DEPORTIVA Y/O CULTURAL
B)
Dimensión Variable  Puntaje Máximo
Económica
20 %  Conforme al Porcentaje del Registro Social de Hogares.

Académica
30 %

NOTAS
100% Promedio de notas Excelencia deportiva y/o cultural
  66   -  70
100
  61   -   65 80

  56   -  60 60

  50   - 55 40

Excelencia deportiva y/o cultural
50% Años  que lleva desarrollando su actividad deportiva y/o cultural. (Acreditada).
25% Más de 3 años 100
  Entre 2 a 3 años 80
  Entre 1 año a 2 años 60
  Menos de 1 años. 40
Premios y/o reconocimientos obtenidos en su actividad dentro de la comuna y/o región. 30 % 4 o más 100
  3 80
  2 60
  1 40
  Ninguno 10
Premios y/o reconocimientos obtenidos en su actividad a nivel nacional e internacional
45 % 4 o más 100
  3 80
  2 60
  1 40
  Ninguno 10

ARTÍCULO 2°: En todo lo no modificado, se mantiene la Ordenanza municipal vigente.

ARTICULO 3°: La presente Ordenanza entrara en vigencia al día siguiente al de su publicación en la página web de la I. Municipalidad de Antofagasta.

A2nótese, comuníquese, publíquese y archívese.

                 MIGUEL GARCES RIVERA                              KAREN PAULINA ROJO VENEGAS
              SECRETARIO MUNICIPAL (S)                                               ALCALDESA